


Los estafadores normalmente se valen de inmuebles abandonados o los toman en arrendamiento simulando posesión, de esta manera pueden mostrarlos y ofrecerlos, luego concurren a la notaría donde se encuentran las escrituras de la propiedad, para pedir copias del titulo de adquisición, lo alteran modificando nombre y números de cédula de tal manera que aparezca como dueño quien realmente no lo es. Similar procedimiento realizan con el certificado de libertad y tradición o folio de matricula inmobiliaria, que lo expide las oficinas de registro.
Posteriormente, con dichos documentos buscan un incauto y concurren a una notaría diferente para suscribir la escritura de venta.
Con la escritura protocolizada, culmina la estafa, simulando una entrega del inmueble y recibiendo por supuesto el 100% del precio acordado.
Pero esta estructurada modalidad de estafa, cuya gravedad, no solo supera en muchas ocasiones montos elevados, sino que además conlleva un comportamiento ruin el de engañar a otro, en su sueño de adquirir vivienda, eterna ilusión de cualquier ciudadano; puede ser controlada y si se quiere es posible maximizar las precauciones, para evitar caer en manos de estafadores.
Por lo anterior, a continuación aconsejamos una serie de recomendaciones, a nuestros usuarios, o a cualquier persona, que se encuentre interesada en comprar vivienda o asesore a otro, en dicho propósito. Así:
1. Aún antes de realizar el contrato de compra-venta, acérquese a la oficina de Registro de Instrumentos Públicos de su ciudad, o a una Notaría que cuente con la VENTANILLA UNICA DE REGISTRO (VUR), con el fin de realizar una consulta del Certificado de libertad y tradición, o folio de matricula inmobiliaria, que corresponde a la hoja de vida donde constan todos los antecedentes jurídicos de la propiedad.
Recuerde los comprobantes que expide la oficina de catastro, o el correspondiente municipio, no sirven como prueba para demostrar la propiedad del inmueble, su finalidad es acreditar el pago de los impuestos respectivos.
2. Exija copias auténticas, del titulo por el que el supuesto comprador adquirió el inmueble. Son copias auténticas, las que emite la notaria directamente del protocolo y son rubricadas hoja por hoia, por el notario, de esta manera una eventual falsificación, será más notoria o mas difícil de lograr. que si se admiten copias de copias, las cuales son fácilmente modificables vía digital.
3. Acuda a una notaría que cuente con sistema de identificación Biométrica, lo cual permite tomar la huella digital y la correspondiente foto de todas las personas que concurren a la firma de una escritura; de esta manera en caso de estafa será mucho mas fácil la individualización del delincuente y la correspondiente prueba del hecho ilícito.
4. Exija en la notaría, en donde suscribe la escritura, las copias de su documento, de manera inmediata o a más tardar el día siguiente, con el fin de dirigirse lo más pronto posible a la oficina correspondiente para realizar el registro de su titulo adquisitivo. Si la notaría cuenta con la Ventanilla Única de Registro (VUR), exija el registro provisional de la escritura, cuando se trate de ventas simples. Esto evita que su inmueble pueda ser vendido el mismo día a varias personas a la vez, ya que dicho registro bloquea la matricula por el término de un mes, lapso suficiente para que la persona se acerque personalmente a realizar el registro definitivo del inmueble.
Tenga en cuenta que en Colombia, solo se es propietario de un inmueble, cuando se cumple con los dos requisitos, escritura publica debidamente registrada, es decir la sola escritura no transfiere la propiedad.
Si tiene cualquier duda respecto, del negocio que va a realizar, exija hablar con el notario, usted tiene todo el derecho a consultarle sobre los interrogantes que surgen del documento que va a firmar.
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