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Pensiones y Cesantías 

Como lograr que le reconozcan su pensión de sobrevivientes

Publicado por Anonimo Fecha Publicación: 10/07/2010 - 15:45
Publicado por Anonimo
Nuestros abogados lo pueden asesorar y representar, administrativa y judicialmente, para que le den su pensión de sobrevivientes. Consulte ya su caso.

REQUISITOS

Tendrán derecho a la pensión de sobrevivientes:

1 Los miembros del grupo familiar del pensionado por vejez o invalidez por riesgo común que fallezcan.
2 Los miembros del grupo familiar del afiliado al Sistema que fallezca. ¿Quiénes son Beneficiarios del Afiliado o Pensionado en el ISS?

EDAD BENEFICIARIOS MODALIDAD

Menores de 30 años sin hijos Cónyuge, compañero(a) permanente Pensión durante 20 años Mayores de 30 años Cónyuge, compañero(a) permanente Pensión vitalicia 0 - 18 Hijos Pensión temporal hasta la mayoría de edad 18 y 25 años Hijos estudiantes Pensión temporal hasta terminación de estudios o hasta 25 años Sin edad Hijos Inválidos Hasta que cese la discapacidad Sin edad Padres que dependan de manera total y absoluta Vitalicia Sin edad Hermanos inválidos que dependan económicamente Hasta que cese la discapacidad

EDAD ACCIDENTE ENFERMEDAD

Menor de 20 años de edad 50 semanas cotizadas 50 semanas cotizadas Mayor de 20 años de edad 50 semanas en los tres años anteriores a la fecha del fallecimiento 50 semanas en los tres años anteriores a la fecha del fallecimiento Que haya cotizado el 20% del tiempo transcurrido entre los 20 años y la fecha del fallecimiento Que haya cotizado el 20% del tiempo transcurrido entre los 20 años y la fecha del fallecimiento.

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¿ Esta usted afectado económicamente con alguna pirámide?

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