


Las vías jurídicas que tiene a su disposición, son que le revisemos si todos los factores salariales que sirvieron de base para establecer el monto inicial de la primera mesada fueron tomados correctamente; le solicitemos la indexación de la primera mesada; le solicitemos el incremento del 14% por tener cónyuge, o compañera permanente, y el 7% por tener hijos menores a cargo. Adicionalmente si le demoraron mas de seis meses en reconocerle la pensión después de haber adquirido el derecho para ser pensionado, le deben pagar los intereses de mora por este retardo. Consulte ya que un grupo de abogados expertos lo asesorara y representara para solicitar el aumento de su mesada pensional.
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